Desde el 31 de diciembre de 2020, se aplican las mismas normas para volar drones en toda la Unión Europea. Estas normas nos han aportado mucho: la licencia de drones de la UE, que permite volar legalmente en todos los países de la UE, Suiza, Noruega e Islandia.
A finales de 2023, diremos adiós a la legislación temporal de la UE. El «régimen transitorio» llegará a su fin. Esto tiene implicaciones para usted como piloto de drones.
Requisitos técnicos
Según la legislación de la UE, los drones (nuevos, fabricados por el fabricante) deben cumplir una serie de requisitos técnicos, que se indican mediante una etiqueta Cx. Sin embargo, había un problema: estos requisitos no se habían establecido en absoluto cuando se introdujo la legislación de la UE en 2020.
A pesar de ello, las etiquetas Cx ya se habían comunicado. La primera aeronave de DJI con dicha etiqueta apareció en 2022. A continuación se muestra un ejemplo:

Gracias al régimen transitorio, pudimos seguir volando drones sin preocuparnos por si tenían la etiqueta Cx. Mientras tanto, se han establecido los requisitos. También vemos que los fabricantes equipan las aeronaves (de forma retroactiva o no) con dicha etiqueta obligatoria.
Seguir volando drones sin etiqueta Cx
Aunque el régimen transitorio finaliza, se puede seguir volando drones sin etiqueta Cx. La tabla siguiente muestra las normas a partir del 1 de enero de 2024.
| Drones sin etiqueta Cx | Hasta finales de 2023 | A partir del 1 de enero de 2024 |
| < 250 grams | Subcategoría A1 | Subcategoría A1 |
| 250 - 500 gramos | Subcategoría A1 | Subcategoría A3 |
| 500 gramos - 2 kilos | Subcategoría A2 | Subcategoría A3 |
| 2 - 25 kilos | Subcategoría A3 | Subcategoría A3 |
Con drones de fabricación propia, se vuela desde 250 gramos en la subcategoría A3.
¿No sabes qué licencia necesitas?
Volar con drones con etiqueta Cx
Gracias a las etiquetas Cx, queda más claro rápidamente dónde vas a volar y qué certificados necesitas.
| Etiqueta Cx | Subcategoría | Certificado |
| C0 | A1 | A1-A3 recomendado |
| C1 | A1 | A1-A3 |
| C2 | A2 | A2 |
| C3 | A3 | A1-A3 |
| C4 | A3 | A1-A3 |
| C5 | Categoría específica | STS |
| C6 | Categoría específica | STS |
En el caso de la etiqueta C2, cabe señalar lo siguiente: también se puede volar una aeronave con etiqueta C2 en la subcategoría A3. Sin embargo, para volar una aeronave con etiqueta C2, siempre se necesita el certificado A2 adicional.
Requisito de identificación remota
A partir del 1 de enero de 2024, entrará en vigor un nuevo requisito: la identificación remota.
Esta obligación no se aplica a los drones antiguos ni a las aeronaves con etiqueta C0. Con los drones antiguos a partir de 250, se vuela en la subcategoría A3 (con una distancia mínima de 150 metros respecto a zonas residenciales).
La identificación remota es un sistema que permite a los drones transmitir información de identificación y ubicación. Esta información puede ser recibida por el tráfico aéreo, las autoridades y cualquier persona que disponga del equipo adecuado, por ejemplo, un receptor especializado.
¿Tu aeronave no tiene una etiqueta Cx en la categoría abierta?
Puede seguir volando sin identificación remota.
¿Tu avión tiene una etiqueta Cx?
Las aeronaves con etiqueta C1 a C6 cumplen el requisito de identificación remota por defecto. Las aeronaves con etiqueta C0 están excluidas de este requisito.
¿Tu dron no tiene una etiqueta Cx en la categoría específica?
El aparato debe cumplir con el requisito de identificación remota. Deberá adquirir un módulo de identificación remota o solicitar al fabricante que actualice la aeronave a una etiqueta Cx. Si vuela en el (futuro) U-Space, el requisito de identificación remota se aplica a partir de 250 gramos.













